𝐈𝐧𝐭𝐞𝐫𝐢𝐨𝐫 𝐚𝐜𝐭𝐮𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚 𝐞𝐥 𝐑𝐞𝐠𝐥𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐆𝐞𝐧𝐞𝐫𝐚𝐥 𝐝𝐞
𝐂𝐢𝐫𝐜𝐮𝐥𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐦𝐞𝐣𝐨𝐫𝐚𝐫 𝐥𝐚 𝐩𝐫𝐨𝐭𝐞𝐜𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐥𝐨𝐬
𝐮𝐬𝐮𝐚𝐫𝐢𝐨𝐬 𝐯𝐮𝐥𝐧𝐞𝐫𝐚𝐛𝐥𝐞
Los principales cambios introducidos en el Reglamento de Circulan se agrupan
en seis grandes bloques:
1. Conductores de vehículos de movilidad personal (VMP)
Fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP.
Deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de
noche o en situaciones de escasa visibilidad. Los profesionales que
circulen en VMP deberán utilizarlo en todo momento. Ambas son una
infracción grave con sanción económica de 200 euros.
Estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado.
Fuera de los núcleos urbanos, se puede permitir la circulación de los VMP por vías segregadas de vehículos a motor, tales como vías ciclistas o carriles bici.
2. Ciclistas
Se suprimen las exenciones de uso del casco y todos los ciclistas deberán llevarlo en vías interurbanas.
𝐒𝐞 𝐫𝐞𝐠𝐮𝐥𝐚 𝐥𝐚 𝐦𝐚𝐧𝐢𝐨𝐛𝐫𝐚 𝐝𝐞 𝐞𝐬𝐭𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐚𝐬 𝐚𝐮𝐭𝐨𝐜𝐚𝐫𝐚𝐯𝐚𝐧𝐚𝐬, que no podrán extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, considerando como tal la proyección en planta, deberán descansar sólo sobre neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
El real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros 𝐞𝐧𝐭𝐫𝐚𝐫𝐚́ 𝐞𝐧 𝐯𝐢𝐠𝐨𝐫 𝐞𝐥 𝐝𝐢́𝐚 𝟏 𝐝𝐞 𝐨𝐜𝐭𝐮𝐛𝐫𝐞 𝐝𝐞 𝟐𝟎𝟐𝟔, 𝐞𝐱𝐜𝐞𝐩𝐭𝐨 los artículos referidos al alumbrado obligatorio para VMP y al casco homologado para usuarios de motocicletas que lo harán el 1 de octubre de 2027.
Por su parte, el artículo relativo a la obligación de guantes de protección homologados se hará efectivo cuando entre en vigor la orden ministerial que regule sus especificaciones técnicas; mientras tanto, se utilizarán guantes de protección de las mismas características de los que se usan en la actualidad